REGLAMENTO NACIONAL DE LICENCIAS DE CONDUCIR VEHÍCULOS AUTOMOTORES Y NO MOTORIZADOS DE TRANSPORTE
Decreto Supremo
Nº 040-2008-MTC, y normas
Modificatorias
(Vigente desde el 19 de Noviembre 2008)
1.¿DONDE PUEDO UBICAR LAS NORMAS QUE REGULAN LA EXPEDICION, REVALIDACION, DUPLICADO, RECATEGORIZACION Y CANJE DE LICENCIAS DE CONDUCIR?
En el Decreto Supremo Nº040-2008-MTC, Reglamento Nacional de Licencias de Conducir Vehículos Automotores y No Motorizados de Transporte Terrestre.
2. CLASIFICACION Y REQUISITOS PARA ACCEDER A UNA LICENCIAS DE CONDUCIR
CLASE “A” CATEGORIA I
Autoriza a conducir los siguientes vehículos:
- Vehículos de ocho (08) asientos ó menos, sin contar el asiento del conductor. Ejemplo: Sedan, Station Wagon, etc.
- Vehículos de más de ocho (08) asientos, sin contar el asiento del conductor y peso bruto vehicular de cinco (05) toneladas ó menos solamente de uso particular. Ejemplo: Microbús (Combi) – Minibús (Coaster)
- Vehículos destinados al transporte de mercancías de peso bruto vehicular de 3,5 toneladas ó menos. Ejemplo: Pick up – Baranda – Furgón – etc.
- Estos vehículos pueden llevar acoplado enganchar: Remolques de peso bruto vehicular de 0.75 toneladas ó menos.
REQUISITOS:
- Edad mínima 18 años.
- Secundaria completa.
- Certificado médico de aptitud psicosomática.
- Aprobar el examen de normas de tránsito ó presentar el certificado de profesionalización del conductor.
- Aprobar el examen de manejo para la categoría.
- Pago por derecho de examen de S/ 50.00 en el Banco Nación: Taza Nº 9469.
- Pago por derecho de tramitación de S/. 26.00 en el Banco de la Nación: Tasa Nº 9468.
Nota: Las personas mayores de 16 años que cumplan con lo dispuesto en los artículos 42º y 46º del código civil, también podrán aspirar a la obtención de una licencia de conducir de esta categoría.
CLASE “A” CATEGORIA II-a
Autoriza a conducir los siguientes vehículos:
Vehículos de ocho (08) asientos ó menos, sin contar el asiento del conductor. Ejemplo: Sedan, Station Wagon. Destinados al servicio de transporte especial de pasajeros en las modalidades de taxi, escolar, turístico y de emergencia, así como a los servicios de transporte colectivo de pasajeros en los ámbitos provincial, interprovincial e internacional transfronterizo.
REQUISITOS:
- Edad mínima 21 años.
- Secundaria completa.
- Certificado médico de aptitud psicosomática.
- Certificado de profesionalización del conductor en Transporte de personas.
- Aprobar el examen de manejo para la categoría.
- Pago por derecho de examen de S/ 37.00 en el Banco Nación: Taza Nº 9469.
- Pago por derecho de tramitación de S/. 26.00 en el Banco de la Nación: Tasa Nº 9468.
IMPORTANTE:
La licencia de conducir de esta categoría autoriza a conducir vehículos señalados en la categoría I.
Nota: Los postulantes a esta licencia de conducir solo Podrán tener la restricción de “lentes correctores externos ó de contacto”.
CLASE “A” CATEGORIA II-b
Autoriza a conducir los siguientes vehículos:
Vehículos de más de ocho (08) asientos, sin contar el asiento del conductor y peso bruto vehicular de seis (06) toneladas ó menos para cualquier modalidad. Ejemplo: Microbús (Combi) – Minibús (Coaster)
Vehículos destinados al transporte de mercancías de peso bruto vehicular mayor a 3,5 hasta 12 toneladas. Ejemplo: Furgón, Cisterna, etc.
Estos vehículos pueden llevar acoplado o enganchar: Remolques de peso bruto vehicular de más de 0.75 toneladas hasta 3.5 toneladas.
REQUISITOS:
- Edad mínima 21 años.
- Secundaria completa.
- Certificado médico de aptitud psicosomática.
- Certificado de profesionalización del conductor en Transporte de personas o mercancías.
- Aprobar el examen de manejo para la categoría.
- Pago por derecho de examen de S/ 37.00 en el Banco Nación: Taza Nº 9469.
- Pago por derecho de tramitación de S/. 26.00 en el Banco de la Nación: Tasa Nº 9468.
IMPORTANTE:
La licencia de conducir de esta categoría autoriza a conducir vehículos señalados en las categorías anteriores.
Nota: Los postulantes a esta licencia de conducir solo
Podrán tener la restricción de “lentes correctores externos ó de contacto”.
CLASE “A” CATEGORIA III-a
Autoriza a conducir: Vehículos de más de ocho asientos, sin contar el asiento del conductor y peso bruto vehicular de más de 6 toneladas. Ejemplo: ómnibus urbano, ómnibus interprovincial.
REQUISITOS:
- Edad mínima 24 años.
- Secundaria completa.
- Certificado médico de aptitud psicosomática.
- Certificado de profesionalización del conductor en Transporte de personas.
- Aprobar el examen de manejo para la categoría.
- Pago por derecho de examen de S/ 37.00 en el Banco Nación: Taza Nº 9469.
- Pago por derecho de tramitación de S/. 26.00 en el Banco de la Nación: Tasa Nº 9468.
CLASE “A” CATEGORIA III-b
- Autoriza a conducir: Vehículos destinados al transporte de mercancías de peso bruto vehicular mayor a 12 toneladas .Ejemplo: Remolcador, Plataforma, etc.
- Estos vehículos pueden llevar acoplado o enganchar: Remolques (incluidos semirremolques) de más de 10 toneladas
REQUISITOS:
- Edad mínima 24 años.
- Secundaria completa.
- Certificado médico de aptitud psicosomática.
- Certificado de profesionalización del conductor en Transporte de mercancías.
- Aprobar el examen de manejo para la categoría.
- Pago por derecho de examen de S/ 37.00 en el Banco Nación: Taza Nº 9469.
- Pago por derecho de tramitación de S/. 26.00 en el Banco de la Nación: Tasa Nº 9468.
IMPORTANTE:
La licencia de conducir de esta categoría autoriza a conducir vehículos de la categoría I y los vehículos de la clase N señalados en las categorías anteriores.
Nota: Los postulantes esta licencia de conducir solo podrán tener la restricción de “lentes correctores externos ó de contacto”.
CLASE “A” CATEGORIA III-c
Autoriza a conducir: Vehículos de la categoría III-a y III-b de manera Indiferente.
REQUISITOS:
- Edad mínima 27 años.
- Secundaria completa.
- Certificado médico de aptitud psicosomática.
- Certificado de profesionalización del conductor en
- Transporte de personas y mercancías.
- Aprobar los exámenes de manejo para la categoría.
- Pago por derecho de examen de S/ 37.00 en el Banco Nación: Taza Nº 9469.
- Pago por derecho de tramitación de S/. 26.00 en el Banco de la Nación: Tasa Nº 9468.
IMPORTANTE: La licencia de conducir de esta categoría autoriza a conducir vehículos señalados en las categorías I y II.
Nota: Los postulantes esta licencia de conducir solo podrán tener la restricción de “lentes correctores externos ó de contacto”.
3.-REVALIDACION
REQUISITOS:
Categoría I
- Certificado médico de aptitud psicosomática.
- Examen de normas de tránsito ó curso sobre normatividad de tránsito y seguridad vial de cinco (05) horas en una Escuela de Conductores.
- Pago por derecho de tramitación de S/. 26.00 en el Banco de la Nación: Tasa Nº 9468 Categorías II (II-a, II-b) – III (III-a, III-b y III-c)
- Certificado médico de aptitud psicosomática.
- Certificado del curso de reforzamiento de once horas (11) realizado en una Escuela de Conductores.
- Pago por derecho de tramitación de S/. 26.00 en el Banco de la Nación: Tasa Nº 9468 La licencia de conducir de la clase “A” categoría I, se Revalidará cada ocho (08) años y las categorías II y III se revalidarán cada tres (03) años, Las revalidaciones podrán ser solicitadas dentro de los treinta (30) días calendarios anteriores a la fecha de revalidación de la licencia de conducir, la misma que perderá su vigencia a los cinco (05) días calendario contados a partir de la fecha de revalidación.
- Nota: A partir de los setenta (70) hasta los setenta y cinco (75) años de edad, el conductor podrá revalidar su licencia de conducir A I por el período de cinco (05) años; a partir de los setenta y seis (76) hasta los ochenta (80) años de edad por el período de tres (03) años. A partir de los ochenta y uno (81) años de edad la revalidación de la licencia de conducir de cualquier categoría será cada (02) años.
- Importante: La edad Máxima para conducir vehículos del servicio de transporte terrestre es de 65 años (Numeral 31.2 del Art. 31 del Reglamento aprobado por DS 017-2009-MTC)
4.-DUPLICADO
REQUISITOS:
- Pago por derecho de tramitación de S/. 26.00 en el Banco de la Nación: Tasa Nº 9468
- Acreditar la pérdida con la denuncia policial ó el deterioro adjuntando la licencia de conducir .
- Para el caso de las personas que no han registrado su grupo sanguíneo deberán presentar constancia de grupo sanguíneo otorgado por establecimiento de salud autorizado por la DRTC/JUNIN o por el MTC..
– IMPORTANTE:
La licencia de conducir de esta categoría autoriza a conducir vehículos de la categoría I y los vehículos de la clase M señalados en las categorías anteriores.Nota: Los postulantes esta licencia de conducir solo podrán tener la restricción de “lentes correctores externos ó de contacto”