Regalmento Nacional de Licencias de conducir vehiculos autormotores y no motorizados de transporte. Decreto Supremo Nº 040 – 2008 – MTC, y normas Modificatorias (Vigente desde el 19 de Noviembre 2008)
¿DONDE PUEDO UBICAR LAS NORMAS QUE REGULAN LA EXPEDICION, REVALIDACION, DUPLICADO, RECATEGORIZACION Y CANJE DE LICENCIAS DE CONDUCIR?
En el Decreto Supremo Nº040-2008-MTC, Reglamento Nacional de Licencias de Conducir Vehículos Automotores y No Motorizados de Transporte Terrestre.
2. CLASIFICACION Y REQUISITOS PARA ACCEDER A UNA LICENCIAS DE CONDUCIR
CLASE “A” CATEGORIA I
Autoriza a conducir los siguientes vehículos: Vehículos de ocho (08) asientos ó menos, sin contar el asiento del conductor. Ejemplo: Sedan, Station Wagon, etc. Vehículos de más de ocho (08) asientos, sin contar el asiento del conductor y peso bruto vehicular de cinco (05) toneladas ó menos solamente de uso particular. Ejemplo: Microbús (Combi) – Minibús (Coaster) Vehículos destinados al transporte de mercancías de peso bruto vehicular de 3,5 toneladas ó menos. Ejemplo: Pick up – Baranda – Furgón – etc. Estos vehículos pueden llevar acoplado enganchar:
Remolques de peso bruto vehicular de 0.75 toneladas ó menos.
REQUISITOS:
a) Edad mínima 18 años.
b) Secundaria completa.
c) Certificado médico de aptitud psicosomática.
d) Aprobar el examen de normas de tránsito ó presentar el certificado de profesionalización del conductor.
e) Aprobar el examen de manejo para la categoría.
f) Pago por derecho de examen de S/ 50.00 en el Banco Nación: Taza Nº 9469.
g) Pago por derecho de tramitación de S/. 26.00 en el Banco de la Nación: Tasa Nº 9468.
Nota: Las personas mayores de 16 años que cumplan con lo dispuesto en los artículos 42º y 46º del código civil, también podrán aspirar a la obtención de una licencia de conducir de esta categoría.
CLASE “A” CATEGORIA II-a
Autoriza a conducir los siguientes vehículos: Vehículos de ocho (08) asientos ó menos, sin contar el asiento del conductor. Ejemplo: Sedan, Station Wagon. Destinados al servicio de transporte especial de pasajeros en las modalidades de taxi, escolar, turístico y de emergencia, así como a los servicios de transporte colectivo de pasajeros en los ámbitos provincial, interprovincial e internacional transfronterizo. REQUISITOS:
a) Edad mínima 21 años.
b) Secundaria completa.
c) Certificado médico de aptitud psicosomática.
d) Certificado de profesionalización del conductor en
Transporte de personas.
e) Aprobar el examen de manejo para la categoría.
f) Pago por derecho de examen de S/ 37.00 en el Banco Nación: Taza Nº 9469.
g) Pago por derecho de tramitación de S/. 26.00 en el
Banco de la Nación: Tasa Nº 9468.
IMPORTANTE:
La licencia de conducir de esta categoría autoriza a conducir vehículos señalados en la categoría I.
Nota: Los postulantes a esta licencia de conducir solo
Podrán tener la restricción de “lentes correctores externos ó de contacto”.
CLASE “A” CATEGORIA II-b
Autoriza a conducir los siguientes vehículos:
Vehículos de más de ocho (08) asientos, sin contar el asiento del conductor y peso bruto vehicular de seis (06) toneladas ó menos para cualquier modalidad. Ejemplo: Microbús (Combi) – Minibús (Coaster) Vehículos destinados al transporte de mercancías de peso bruto vehicular mayor a 3,5 hasta 12 toneladas. Ejemplo: Furgón, Cisterna, etc.
Estos vehículos pueden llevar acoplado o enganchar: Remolques de peso bruto vehicular de más de 0.75 toneladas hasta 3.5 toneladas.
REQUISITOS:
a) Edad mínima 21 años.
b) Secundaria completa.
c) Certificado médico de aptitud psicosomática.
d) Certificado de profesionalización del conductor en
Transporte de personas o mercancías.
e) Aprobar el examen de manejo para la categoría.
f) Pago por derecho de examen de S/ 37.00 en el Banco Nación: Taza Nº 9469.
g) Pago por derecho de tramitación de S/. 26.00 en el Banco de la Nación: Tasa Nº 9468.
IMPORTANTE:
La licencia de conducir de esta categoría autoriza a conducir vehículos señalados en las categorías anteriores.
Nota: Los postulantes a esta licencia de conducir solo
Podrán tener la restricción de “lentes correctores externos ó de contacto”.
CLASE “A” CATEGORIA III-a
Autoriza a conducir: Vehículos de más de ocho asientos, sin contar el asiento del conductor y peso bruto vehicular de más de 6 toneladas. Ejemplo: ómnibus urbano, ómnibus interprovincial.
REQUISITOS:
a) Edad mínima 24 años.
b) Secundaria completa.
c) Certificado médico de aptitud psicosomática.
d) Certificado de profesionalización del conductor en
Transporte de personas.
e) Aprobar el examen de manejo para la categoría.
f) Pago por derecho de examen de S/ 37.00 en el Banco Nación: Taza Nº 9469.
g) Pago por derecho de tramitación de S/. 26.00 en el Banco de la Nación: Tasa Nº 9468.
CLASE “A” CATEGORIA III-b
-Autoriza a conducir: Vehículos destinados al transporte de mercancías de peso bruto vehicular mayor a 12 toneladas .Ejemplo: Remolcador, Plataforma, etc.
-Estos vehículos pueden llevar acoplado o enganchar: Remolques (incluidos semirremolques) de más de 10 toneladas
REQUISITOS:
a) Edad mínima 24 años.
b) Secundaria completa.
c) Certificado médico de aptitud psicosomática.
d) Certificado de profesionalización del conductor en
Transporte de mercancías.
e) Aprobar el examen de manejo para la categoría.
f) Pago por derecho de examen de S/ 37.00 en el Banco Nación: Taza Nº 9469.
g) Pago por derecho de tramitación de S/. 26.00 en el
Banco de la Nación: Tasa Nº 9468.
- IMPORTANTE:
La licencia de conducir de esta categoría autoriza a conducir vehículos de la categoría I y los vehículos de la clase N señalados en las categorías anteriores.
Nota: Los postulantes esta licencia de conducir solo podrán tener la restricción de “lentes correctores externos ó de contacto”.
CLASE “A” CATEGORIA III-c
- Autoriza a conducir: Vehículos de la categoría III-a y III-b de manera Indiferente.
REQUISITOS:
a) Edad mínima 27 años.
b) Secundaria completa.
c) Certificado médico de aptitud psicosomática.
d) Certificado de profesionalización del conductor en
Transporte de personas y mercancías.
e) Aprobar los exámenes de manejo para la categoría.
f) Pago por derecho de examen de S/ 37.00 en el Banco Nación: Taza Nº 9469.
g) Pago por derecho de tramitación de S/. 26.00 en el Banco de la Nación: Tasa Nº 9468.
IMPORTANTE: La licencia de conducir de esta categoría autoriza a conducir vehículos señalados en las categorías I y II.
Nota: Los postulantes esta licencia de conducir solo podrán tener la restricción de “lentes correctores externos ó de contacto”.
3.-REVALIDACION
REQUISITOS:
Categoría I
a) Certificado médico de aptitud psicosomática.
b) Examen de normas de tránsito ó curso sobre normatividad de tránsito y seguridad vial de cinco (05) horas en una Escuela de Conductores.
c) Pago por derecho de tramitación de S/. 26.00 en el
Banco de la Nación: Tasa Nº 9468
Categorías II (II-a, II-b) – III (III-a, III-b y III-c)
a) Certificado médico de aptitud psicosomática.
b) Certificado del curso de reforzamiento de once horas (11) realizado en una Escuela de Conductores.
c) Pago por derecho de tramitación de S/. 26.00 en el
Banco de la Nación: Tasa Nº 9468
La licencia de conducir de la clase “A” categoría I, se
Revalidará cada ocho (08) años y las categorías II y III se revalidarán cada tres (03) años, Las revalidaciones podrán ser solicitadas dentro de los treinta (30) días calendarios anteriores a la fecha de revalidación de la licencia de conducir, la misma que perderá su vigencia a los cinco (05) días calendario contados a partir de la fecha de revalidación.
Nota: A partir de los setenta (70) hasta los setenta y cinco (75) años de edad, el conductor podrá revalidar su licencia de conducir A I por el período de cinco (05) años; a partir de los setenta y seis (76) hasta los ochenta (80) años de edad por el período de tres (03) años. A partir de los ochenta y uno (81) años de edad la revalidación de la licencia de conducir de cualquier categoría será cada (02) años.
Importante: La edad Máxima para conducir vehículos del servicio de transporte terrestre es de 65 años (Numeral 31.2 del Art. 31 del Reglamento aprobado por DS 017-2009-MTC)
4.-DUPLICADO
REQUISITOS:
a) Pago por derecho de tramitación de S/. 26.00 en el
Banco de la Nación: Tasa Nº 9468
b) Acreditar la pérdida con la denuncia policial ó el deterioro adjuntando la licencia de conducir .
c) Para el caso de las personas que no han registrado su grupo sanguíneo deberán presentar constancia de grupo sanguíneo otorgado por establecimiento de salud autorizado por la DRTC/JUNIN o por el MTC..
- IMPORTANTE:
La licencia de conducir de esta categoría autoriza a conducir vehículos de la categoría I y los vehículos de la clase M señalados en las categorías anteriores.Nota: Los postulantes esta licencia de conducir solo podrán tener la restricción de “lentes correctores externos ó de contacto”.